SANTO DOMINGO.- RD. El Tribunal Superior Electoral (TSE) emitió
ayer martes las sentencias 003, 004 y 005 de 2017 sobre el conflicto a lo
interno del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC).
En una, la 003, acoge el recurso interpuesto por el diputado
Víctor -Ito- Bisonó sobre la sanción en su contra del Consejo Disciplinario del
PRSC y anula el reglamento relativo al funcionamiento del Consejo
Disciplinario.
Mediante la sentencia 004-17, el TSE acogió la demanda de
nulidad de la convocatoria y las resoluciones emitidas por la Comisión
Ejecutiva en fecha 4 de diciembre de 2016.
Como motivación a esta decisión, el TSE afirma que la
convocatoria a la reunión de la Comisión Ejecutiva no fue firmada por los
convocantes, pues lo que figura es un listado con los nombres y apellidos de
los mismos, sin que consten sus firmas manuscritas, lo que denota la
irregularidad de la indicada convocatoria.
Sobre esa parte del dispositivo del TSE, los abogados de Ito
Bisonó alegan que contiene implícito un reconocimiento a la existencia de la
Comisión Ejecutiva, de la que Federico -Quique- Antún Batlle y sus seguidores
alegan que no tiene vigencia.
Con la tercera sentencia, la 005-17, desestima la Acción de
Amparo presentada por Ito Bisonó por ser innecesario, ya que el propio tribunal
había declarado, con el fallo 003, nulo el reglamento disciplinario del PRSC.
Sobre la sentencia que le favorece, Ito Bisonó emitió una
declaración en la que dice que lo que corresponde en estos momentos es seguir
organizando la asamblea pautada para el domingo 19 de febrero “para relanzar la
organización y emprender el proceso de fortalecimiento institucional para
competir en las próximas elecciones”.
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